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The final countdown

Existen varias fórmulas para poner fin al acoso laboral que sufres día a día en tu centro de trabajo, ninguna fácil. Esas fórmulas van desde el abandono voluntario del trabajo, a la interposición de la correspondiente demanda judicial. Verás, la primera opción –abandono voluntario del trabajo- no la contemplamos en jupsin.com, así que voy a darte con este post unas orientaciones para preparar tu cruzada judicial contra el acoso laboral

La ‘cruzada’ judicial contra el acoso laboral

Existen varias fórmulas para poner fin al acoso laboral que sufres día a día en tu centro de trabajo, ninguna fácil. Esas fórmulas van desde el abandono voluntario del trabajo, a la interposición de la correspondiente demanda judicial.

Verás, la primera opción –abandono voluntario del trabajo- no la contemplamos en jupsin.com, así que voy a darte con este post unas orientaciones para preparar tu cruzada judicial contra el acoso laboral:

1.- Como decía acertadamente León Tolstoy: “los dos guerreros más importantes son la paciencia y el tiempo”. Ten presente que la batalla judicial contra el acoso va a ser larga y ardua, por lo que necesitas estar en plenas facultades. Por ello, mi primera recomendación es que no sólo estés perfectamente asesorado jurídicamente, sino que también estés preparado psicológicamente.

2.- Analiza detalladamente en qué situación te encuentras. No va a ser lo mismo que plantees un contencioso si estás en situación de incapacidad temporal que si estás trabajando con normalidad. Mi opinión de cara a una mejor defensa judicial, es que intentes aguantar de alta médica, aunque reconozco que es tremendamente duro y difícil. De esa forma, tienes unas mejores probabilidades de recabar información y pruebas para tu futura defensa.

Asesoría jurídica y psicológica

Mi primera recomendación es que estés asesorado jurídica y psicológicamente

3.- Si la situación se ha vuelto insostenible, tu mente se bloquea, tu capacidad de desarrollo laboral se merma, aumenta la ansiedad, te sientes vulnerable, tienes miedo de acudir al trabajo, dudas de todo, de todos y sobretodo de ti mismo, porque tu autoestima se deprime, tu salud se está debilitando e  incluso puede llegar a estar en juego, visita al médico. El facultativo de la Sanidad Pública puede extenderte una baja médica que de momento, amortigüe las consecuencias del hostigamiento vivido. Evidentemente, una incapacidad temporal va a permitirte no tener que acudir justificadamente a tu trabajo, pero también tiene una contraindicación, tus pruebas para un futuro juicio -a no ser que ya tengas las suficientes- se van a ver mermadas y debilitadas.

4.- Lucha por que tu baja médica sea reconocida como accidente de trabajo. Suele ser habitual que la incapacidad laboral transitoria que te certifiquen sea por lo que se conoce como contingencia común, es decir, que a todos los efectos no guarda relación con el trabajo. Bien, pues aquí es donde tienes que empezar a trabajar. Debes conseguir que esa baja médica derive del trabajo, por lo que lo primero que deberás plantear judicialmente es una demanda de determinación de contingencia. El resultado de este pleito en caso estimatorio, va a ser una prueba clave en el futuro juicio de acoso laboral, pues ya vas a tener una sentencia que reconozca que tu salud se encuentra afectada no con la simpleza de una gripe o un resfriado, ¡no! Sino por estar sufriendo acoso en el trabajo.

5.- Si por el contrario, sigues prestando servicios, tu labor primordial es seguir recopilando y ordenando las pruebas que serán la base del futuro juicio de acoso, mientras elaboran tu demanda. Entre esas pruebas, dos son imprescindibles: lo resuelto por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social previa denuncia por acoso,  y la actuación empresarial tras tu denuncia formal. Procura que la Inspección de Trabajo actúe antes de interponer demanda judicial, pues en caso contrario te responderá que al estar sub iudice la Inspección no puede actuar.

Acoso laboral, el proceso judicial

The final countdown, el proceso judicial. Recuerda: “La victoria pertenece al más perseverante” (Napoleón)

Inversión de la carga de prueba

6.- ¿Qué pruebas debes recopilar? Correos electrónicos, órdenes de trabajo, cambio de puesto o funciones, circulares, fotografías de los hechos etc. y sobre todo, conversaciones grabadas.

7.- ¿Quién tiene la carga de la prueba en un pleito laboral por acoso? Como regla general, quién interpone la demanda es a quién le corresponde probar los hechos que alega, no obstante, el art. 96.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) determina que tiene la carga probatoria el demandado en caso de discriminación en los procesos en que de las alegaciones del actor se deduzca la existencia de indicios fundados de discriminación, entre ellos por acoso. Esta inversión de la carga de la prueba no conlleva que quedes exento de la actividad probatoria, pues no es suficiente con la mera alegación de que estás padeciendo acoso laboral, debes desarrollar una actividad alegatoria suficientemente concreta y precisa en torno a los indicios de la vulneración de tu derecho.

¡Felicidades! por tu tenacidad y fortaleza, estás a las puertas de iniciar la batalla judicial. Como decía Napoleón: “La victoria pertenece al más perseverante”

8.- Valora cuál va a ser la vía judicial que vas a utilizar para emprender, ahora sí, la batalla final. Es muy importante que tu abogado valore las pruebas de las que dispone para tu defensa y tu objetivo, pues no es lo mismo plantear una demanda con la finalidad de rescindir el contrato con derecho a indemnización, que conseguir una indemnización por daños consecuencia de acoso laboral y seguir prestando servicios en la empresa. Tres son –en términos generales- las clases de demandas que puedes plantear ante los tribunales laborales –sin perjuicio de acudir a otras jurisdicciones como la civil o la penal-: mediante la demanda de extinción del contrato por voluntad del trabajador por incumplimiento grave o culpable del empresario, la demanda de tutela de derechos fundamentales y la demanda por daños y perjuicios. Como veremos en futuros artículos, las tres demandas van a poder ejercitarse de forma conjunta o separada.

Si has seguido los pasos que te he indicado, has realizado ya gran parte del recorrido. ¡Felicidades!  por tu tenacidad y fortaleza, estás a las puertas de iniciar la batalla judicial.  Como decía Napoleón: “La victoria pertenece al más perseverante”.

Abogado laboralista. Prof. de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Prof. del Máster de Acceso a la Abogacía en el Ilustre Colegio de Abogados de Girona y de la Universitat de Girona. Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales; especialista en ergonomía y psicosociología aplicada. Autora del libro "Acoso moral en el trabajo y su tutela preventiva" Ed. Bomarzo.

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