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Grooming, aspectos jurídicos

El Grooming es una forma de acoso a los menores en la red que consiste en que un mayor de edad contacta con un menor haciéndose pasar por otro niño o joven, para poco a poco ganarse su confianza y así lograr que actúe según sus deseos, generalmente con una finalidad sexual. En los peores casos puede derivar en la introducción del menor en una red de prostitución. Por tanto, estamos hablando de una situación especialmente delicada, que toma como víctimas a menores de edad por su mayor vulnerabilidad frente a este tipo de engaños, aprovechando el supuesto anonimato que brinda internet al delincuente.

Grooming. ¿Y si la persona con quién estás hablando no fuera quien dice ser? – Por Marian Rojo

  • El Grooming es una forma de acoso en la red que consiste en que un mayor de edad contacta con un menor haciéndose pasar por otro niño o joven, para poco a poco ganarse su confianza y así lograr que actúe según sus deseos, generalmente con una finalidad sexual.
  • Configura las redes sociales para que la privacidad sea lo más alta que permitan y nunca aceptes solicitudes de amistad de desconocidos, ni contestes a sus mensajes privados. Ante la duda es mejor evitar que lamentar.
  • Childgrooming, un delito pluriofensivo


Carla, de 15 años, acaba de recibir un nuevo Smartphone como regalo de navidad. Comienza a descargarse aplicaciones, entre ellas las principales redes sociales que utiliza para estar en contacto con sus amigos: WhatsApp, Facebook, Instagram…

Un día recibe una solicitud de amistad de un desconocido en Facebook. Según su descripción, se llama Carlos, tiene 16 años y es de Madrid, como ella.

Como en la foto parece bastante guapo decide aceptar esa solicitud, y el mismo día “Carlos” empieza a chatear con ella

Como en la foto parece bastante guapo decide aceptar esa solicitud, y el mismo día “Carlos” empieza a chatear con ella a través de la aplicación. Le dice que ha visto sus fotos, que le parece muy atractiva y que le gustaría conocerla mejor.

Carla está encantada con su nuevo amigo, y no paran de hablar.Tras dos semanas de palabras bonitas e intercambio de fotos inocentes, la conversación empieza a subir de tono, y una noche “Carlos” le pide que le envíe fotos desnuda.

Carla no lo tiene muy claro, pues piensa que eso puede ser peligroso, y además le da mucha vergüenza, pero finalmente accede, pues no quiere que su amigo se enfade y deje de hablarle.

Una vez en su poder, “Carlos” utiliza esas fotografías para que Carla le siga enviando cada vez más cosas: audios, vídeos… una tarde le propone quedar al salir del instituto y, cuál será la sorpresa de Carla al descubrir que su cita ni se llama Carlos, ni tiene 16 años…

No debemos olvidar que el Grooming es una conducta delictiva.

Grooming, engaño y chantaje sexual

Afortunadamente, Carla le contó todo a sus padres y acudió a la policía. Otras chicas y chicos, no tuvieron tanta suerte.

Una tarde le propone quedar al salir del instituto y, cuál será la sorpresa de Carla al descubrir que su cita ni se llama Carlos, ni tiene 16 años…

El Grooming es una forma de acoso  en la red que consiste en que un mayor de edad contacta con un menor haciéndose pasar por otro niño o joven, para poco a poco ganarse su confianza y así lograr que actúe según sus deseos, generalmente con una finalidad sexual.

En los peores casos puede derivar en la introducción del menor en una red de prostitución.

Por tanto, estamos hablando de una situación especialmente delicada, que toma como víctimas a menores de edad por su mayor vulnerabilidad frente a este tipo de engaños, aprovechando el supuesto anonimato que brinda internet al delincuente. Porque no podemos olvidar que estamos ante una conducta delictiva.

‘Grooming, el demonio en la Red’ – Viñeta concienciación de Idígoras y Pachi exclusiva para jupsin.com.

Recuerda, el Grooming es un delito

El artículo 183 ter del Código Penal Español contempla especialmente estos supuestos al considerar como delito el contactar a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación, con un menor de dieciséis años y proponer concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquier delito de naturaleza sexual.

Esta conducta será castigada con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos.

Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño

Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño.

También se considera delito contactar a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación con un menor de dieciséis años y realizar actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor,

En este caso, la pena a imponer será la prisión de seis meses a dos años.

Así, tras la reforma del Código Penal introducida por la Ley Orgánica 1/2015, se persiguen duramente este tipo de conductas.

Para evitar ser víctimas de esta situación, es esencial una buena educación de los menores en el uso de las nuevas tecnologías, así como un ambiente de diálogo en casa y en el colegio o instituto que invite a la confianza del niño o adolescente para hablar de las cosas que le preocupan y de cómo afrontar los problemas.

No se trata tanto de prohibir como de educar

Si eres joven y estás descubriendo las redes sociales es normal que tengas curiosidad y quieras aprovechar todas las posibilidades que las mismas te brindan. Por ello no te cortes a la hora de preguntar a tus padres, hermanos mayores, profesores y amigos sobre el uso de las nuevas tecnologías.

Configura las redes sociales para que la privacidad sea lo más alta que permitan y nunca aceptes solicitudes de amistad de desconocidos, ni contestes a sus mensajes privados. Ante la duda es mejor evitar que lamentar.

Configura las redes sociales para que la privacidad sea lo más alta que permitan y nunca aceptes solicitudes de amistad de desconocidos

Tampoco envíes fotos o vídeos de los que más adelante puedas arrepentirte, aunque sea a tus amigos.

Y jamás reenvíes fotos que recibas de otros, pues también puedes estar cometiendo un delito.

Y si tú o alguien de tu entorno estás sufriendo extorsión o acoso en internet o si tienes miedo de la conducta de alguien que no te hace sentir tranquila o tranquilo, no te calles.

Habla con tus padres, con amigos de confianza, tus tutores o el orientador de tu centro escolar. También puedes acudir directamente a la Policía o Guardia Civil, o poner el caso en manos de abogados. Pero lo más importante es no continuar la conversación con dicha persona y por supuesto, jamás acceder a sus deseos ni peticiones. Es mucho lo que está en juego.


Abogada especializada en Tecnologías de la Información y de la Comunicación. Máster en Propiedad Intelectual por la Universidad Pontificia de Comillas (ICADE). Ha trabajado en despachos de abogados relacionados con las nuevas tecnologías y en startup de base tecnológica, en asuntos como protección de datos de carácter personal, comercio electrónico, defensa de derechos de propiedad intelectual e industrial, entre otros. Actualmente, es responsable del departamento de nuevas tecnologías de Letradox Abogados.

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