Ciberviolencia – Sara García (Legálitas)
La violencia de género es todo acto de violencia psicológica o física que se ejerce por parte de una persona que es, o ha sido, pareja de la víctima.
Esto significa que este tipo de acto se da solo cuando hay o ha habido una relación sentimental entre ambas partes.
No es necesario que haya habido convivencia y la relación puede haber concluido ya. La situación se basa en una desigualdad y dominación, dándose en cualquier edad.
La violencia de género es todo acto de violencia psicológica o física que se ejerce por una persona que es, o ha sido, pareja de la víctima
No debemos confundirlo con la violencia doméstica, que es un concepto más amplio, ya que incluiría por ejemplo la violencia de hijos hacia padres.
Según datos de recientes encuestas realizadas a jóvenes, una gran mayoría entienden solo como violencia de género las conductas de violencia física.
Sin embargo, es importante saber que para la existencia de un delito englobado en la conducta de violencia de género no es necesario que se produzca una agresión física.
¿Es delito la ciberviolencia de género?
Con la llegada de las nuevas tecnologías se ha dado la circunstancia de determinados delitos que se cometen online. Cuando el agresor realiza estos delitos sobre su pareja o expareja se tramitan en los ‘Juzgados de Violencia sobre la Mujer’ y llevan aparejada una pena más grave que si se cometieran sobre cualquier otra persona.
Algunos de estos delitos son los siguientes:
- El Stalking o acecho. Se trata de la persecución intrusiva a una persona con la que se pretende establecer el contacto personal o para que otros contacten con ella contra su voluntad. Para ello, se utilizan las nuevas tecnologías. Un ejemplo de este delito puede ser la suplantación de personalidad de la víctima para apuntarla a una página de contactos, o que el propio agresor le llame o envíe mensajes de forma continua o en horas intempestivas. Esta conducta genera inseguridad en la víctima, llevándole a hacer cambios en sus rutinas para evitarlo, como cambiar el número de móvil o borrar sus perfiles en internet.
Desde Legálitas, instamos a quienes conozcan de estos delitos o los sufran, que lo pongan en conocimiento de las autoridades
- Descubrimiento y revelación de secretos. Este delito se da cuando se espía o se accede a cualquier red social de la pareja o expareja. También, cuando se hackea la contraseña de alguna plataforma social de la víctima. Consiste en la difusión de imágenes o vídeos que afectan a la intimidad o el honor de la víctima. La acción sancionada es la difusión de ese contenido, aunque dicho contenido se haya obtenido con el consentimiento de la persona afectada, si se ha difundido contra su voluntad. Este delito también es cometido por aquella persona que recibe las imágenes o videos y lo reenvía a otros individuos.
- Sextorsión. Este delito se produce cuando la víctima es amenazada y chantajeada por el agresor con el envío de contenido intimo si no accede a sus peticiones.
Desde Legálitas, instamos a quienes tengan conocimiento de alguno de estos delitos o los estén sufriendo, que procedan a poner los mismos en conocimiento de las autoridades, dado que, de esta forma conseguiremos detener a los responsables y evitaremos que haya más víctimas de ciberviolencia.