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¿Sufro acoso en el trabajo, o es otra cosa?

Al definir el concepto de acoso, le asignamos ciertos elementos que lo delimitan con respecto a otras figuras afines que presentan cierta analogía con su casuística. Sin embargo, la esencia del fenómeno es completamente distinta. Por eso este post, segundo en la serie de mi colaboración y compromiso con jupsin.com, cobra un significado especial en cuanto a la comprensión del fenómeno del acoso laboral.

Hilda I. Arbonés, abogado laboralista y profe de Derecho Laboral y Seguridad Social - Foto: Jesús Umbría
Hilda I. Arbonés, abogado laboralista y profe de Derecho Laboral y Seguridad Social - Foto: Jesús Umbría

Al definir el concepto de acoso, le asignamos ciertos elementos que lo delimitan con respecto a otras figuras afines que presentan cierta analogía con su casuística. Sin embargo y si bien es cierto que pueden existir rasgos similares entre unas y otras conductas, la esencia del fenómeno es completamente distinta. Por eso este post, segundo en la serie de mi colaboración y compromiso con jupsin.com, cobra un significado especial en cuanto a la comprensión del fenómeno del acoso laboral.

Es importantísimo delimitar conceptualmente todas las figuras que están en la orbital del acoso, pues ésta es la clave para conocer ante qué tipo de problema nos encontramos y enfrentamos y cómo podemos tratarlo o prevenirlo. La información sobre esta cuestión es pues, fundamental, para afrontar con decisión el problema del acoso laboral, una vez identificado.

El estrés laboral y otras figuras que no son acoso

En efecto, el acoso, en cualquiera de sus manifestaciones –moral, por razón de sexo o sexual-, no puede confundirse con otras figuras como el estrés laboral, el llamado Síndrome del Burnout o trabajador quemado, el ejercicio arbitrario del poder de dirección y los trastornos mentales o psiquiátricos.

El estrés laboral es una patología que sufre el trabajador a causa o como consecuencia de su actividad laboral. No se trata de una enfermedad, pero si se sufre de una forma intensa y continuada, puede llegar a provocar graves problemas de salud tanto físicos como psíquicos.

Estamos ante uno de los riesgos psicosociales emergentes más importantes y que ya afecta a más de la mitad de los trabajadores europeos.

El estrés puede ser, en sí, una de las consecuencias del acoso, pero ojo, en absoluto identificable con éste. En el acoso, la dolencia psíquica viene motivada por un elemento de violencia externo, que tiene como finalidad desestabilizar al trabajador emocionalmente.

Hilda I. Arbonés, impulsora del movimiento jupsin, gente jupsin que dice NO al acoso - Foto: Jesús Umbría

Hilda I. Arbonés, impulsora del movimiento jupsin, gente jupsin que dice NO al acoso – Foto: Jesús Umbría

Burnout o síndrome del trabajador quemado

El conocido como Síndrome del Burnout se manifiesta mediante una desmotivación del trabajador al verse superado por la actividad laboral. Se trata de una modalidad concreta dentro de la categoría genérica que engloba el estrés laboral. El síndrome del trabajador quemado es una respuesta al estrés laboral crónico, y se manifiesta por actitudes y sentimientos negativos hacia las personas con las que se trabaja, al propio rol profesional y por el agotamiento emocional.

Estamos ante uno de los riesgos psicosociales emergentes más importantes y que ya afecta a más de la mitad de los trabajadores europeos

Se trata de un riesgo psicosocial, no identificable en sí mismo con el acoso, ya que éste último exige la concurrencia de la violencia objetiva que, dirigida hacia el trabajador, le genera una dolencia psíquica.  Pero cuidado, no es la dolencia psíquica en sí lo que de forma aislada determina el acoso.

Los desencadenantes que propician la existencia de un trabajador quemado, pueden ir tanto vinculados al puesto de trabajo como a factores de carácter personal. Los primeros harían referencia a la situación del trabajador en una categoría profesional inapropiada, a la realización de funciones rutinarias, a la excesiva carga de trabajo, a la escasez de personal, etc., mientras que los factores de carácter personal aparecen cuando existe una interrelación del trabajador con las personas destinatarias del servicio.

Ejercicio arbitrario del poder de dirección

Estamos ante un incumplimiento empresarial denunciable por el trabajador, pero en ningún caso, por si mismo, es equiparable al acoso moral en el trabajo. Responde a unos malos tratos psíquicos y de humillación del personal, utilizados como herramienta al servicio de una mayor productividad.

La diferencia principal entre el acoso laboral y el defectuoso ejercicio abusivo o arbitrario de las facultades empresariales, está en que en el acoso se agreden derechos fundamentales de la persona, mientras que en el segundo, se limita a comprender estrictos derechos laborales. Puestos a diferenciar, sería interesante discernir entre el maltrato de dirección, por violencia y falta de respeto a los trabajadores, del acoso laboral.

Hilda I. Arbonés

Hilda I. Arbonés, abogado laboralista y prof. de Derecho Laboral y Seguridad Social Universidad de Girona – Foto Jesús Umbría

Trastornos mentales o psiquiátricos

Son una alteración de los procesos cognitivos y afectivos del desarrollo. La persona que los sufre, ve alterados tanto su razonamiento como su comportamiento, al percibir una realidad distinta a la que vive.

El estrés laboral se ha relacionado con el aumento del riesgo para una amplia gama de trastornos mentales, que incluyen síntomas típicos como la irritabilidad, sentimientos depresivos, agotamiento mental entre otros.

El fin último del acosador es la desestabilización psicológica de la víctima para conseguir su muerte moral

Es importante tener en cuenta que cualquier enfermedad mental puede generar aislamiento social, inactividad, abulia, etc. En los momentos de crisis, pueden llegar a manifestarse como comportamientos semejantes al acoso moral.Este tipo de patologías son de muy diversa índole, lo que dificulta poder definirlos de una forma unitaria, teniendo que acudir a un tratamiento particular -incluso individualizado-, ya que cada persona puede sufrirlas con importantes diferencias sintomáticas. Las principales son la neurosis, la psicosis, las esquizofrenias y la depresión psíquica.

A diferencia de las enfermedades mentales, el acoso tiene como rasgo caracterizador el elemento intencional, mientras que en las primeras no existe ese animus de hostigar, sino que se desencadena de forma reactiva frente al trabajo.

Mi empeño se centra en enseñar a diferenciar conceptos, a analizar, para más tarde entender todo aquello que nos rodea en las relaciones de trabajo. De esta forma conseguiremos reconocer con facilidad las verdaderas situaciones de acoso laboral que, aunque en ocasiones discretas, emergerán tarde o temprano y muy probablemente acompañadas de varios de los síntomas de las enfermedades mentales. No debemos olvidar que el fin último del acosador es la desestabilización psicológica de la víctima para conseguir su muerte moral.

Portada del libro de Hilda I. Arbonés sobre Acoso Moral en el Trabajo y su Tutela Preventiva - Ed. Bomarzo

Portada del libro de Hilda I. Arbonés:  ‘Acoso Moral en el Trabajo y su Tutela Preventiva’ – Ed. Bomarzo

Abogado laboralista. Prof. de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Prof. del Máster de Acceso a la Abogacía en el Ilustre Colegio de Abogados de Girona y de la Universitat de Girona. Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales; especialista en ergonomía y psicosociología aplicada. Autora del libro "Acoso moral en el trabajo y su tutela preventiva" Ed. Bomarzo.

3 Comments

3 Comments

  1. Fran

    2 de noviembre de 2016 at 00:20

    Todo esta muy bien pero los juzgadores aun no lo tienen muy claro salvo en casos en que ya se han causado gravísimas secuelas o suicidios. Estamos a la cola de medidas preventivas que se suelen acomodar en protocolos de buenas prácticas y contra el acoso laboral .
    La prevención de riesgos genera fichas y documentación para no forzar una posible sobrecarga de una espalda pero no se aunda en el riesgo de los trabajadores ante estos depredadores que no único que buscan es su ego personal o por el mero hecho de prescindir de el a bajo coste.
    Patético que con esta crisis nadie se incline en evaluar estas actitudes para dar peñas ejemplares para este lacra.

  2. jupsin'

    2 de noviembre de 2016 at 07:16

    Muchas gracias por tu comentario Fran. Efectivamente, todavía hay mucho trabajo por hacer. Es importante que empecemos a expresar nuestro punto de vista, sin miedo, sobre esta lacra, esta pandemia del siglo XXI, que es el acoso laboral, como lo define la propia Hilda I. Arbonés. Por eso invitamos a todos aquellos que quieran aportarnos su opinión o la información que consideren oportuna a través de info@jupsin.com. Abrazo.

  3. Carme

    12 de enero de 2017 at 10:58

    La felicito por sus iniciativas en materia de mobbing, las cuales son muy coherentes con su labor de abogada de CCOO en Girona, sindicato con una larga historia, pues se nota que amas tu trabajo y te esfuerzas por la problemática de los trabajadores y trabajadoras en este ámbito. Queda mucho por hacer, pero las inciativas se van sumando y marcando camino..
    Continua así, luchando por los derechos de este colectivo con tu buen hacer en los juzgados.

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