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Transparencia en las condiciones de trabajo en la UE

La Comisión Europea ha adoptado una propuesta de nueva Directiva para unas condiciones laborales más transparentes y previsibles en toda la UE. La propuesta de la Comisión complementa y moderniza las obligaciones existentes de informar a cada trabajador sobre sus condiciones de trabajo. Además, la propuesta crea nuevas normas mínimas para garantizar que todos los trabajadores, incluidos los que tienen contratos atípicos, se beneficien de una mayor previsibilidad y claridad en lo que respecta a sus condiciones de trabajo.

Como parte del seguimiento del pilar europeo de derechos sociales, la Comisión Europea ha adoptado una propuesta de nueva Directiva para unas condiciones laborales más transparentes y previsibles en toda la UE.

La propuesta de la Comisión complementa y moderniza las obligaciones existentes de informar a cada trabajador sobre sus condiciones de trabajo. Además, la propuesta crea nuevas normas mínimas para garantizar que todos los trabajadores, incluidos los que tienen contratos atípicos, se beneficien de una mayor previsibilidad y claridad en lo que respecta a sus condiciones de trabajo.

Valdis Dombrovskis, vicepresidente responsable del Euro y el Diálogo Social, la Estabilidad Financiera, los Servicios Financieros y la Unión de los Mercados de Capitales, explica:

«Las consultas de los interlocutores sociales han confirmado la necesidad de unas condiciones laborales más transparentes y previsibles en la UE. Esta propuesta respeta el compromiso de un empleo más seguro en los tipos actuales y futuros de modalidades de trabajo que permitan flexibilidad y garanticen la igualdad de condiciones».

«Esta propuesta respeta plenamente las prácticas nacionales de diálogo social al permitir a los interlocutores sociales aplicar los nuevos requisitos mínimos relativos a las condiciones de trabajo a través de convenios colectivos».

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Cada vez son más las personas que se encuentran en riesgo de dejar de estar cubiertas por derechos fundamentales, empezando por el derecho a conocer las condiciones en las que trabajan

Transparencia de las condiciones de trabajo

Marianne Thyssen, comisaria de Empleo, Asuntos Sociales, Capacidades y Movilidad Laboral, añade:

«Con la propuesta de hoy estamos tomando medidas para mejorar la transparencia y la previsibilidad de las condiciones de trabajo.El mundo del trabajo está cambiando rápidamente, con un número cada vez mayor de puestos de trabajo y contratos no convencionales».

«Esto significa que cada vez son más las personas que se encuentran en riesgo de dejar de estar cubiertas por derechos fundamentales, empezando por el derecho a conocer las condiciones en las que trabajan. Una mayor transparencia y previsibilidad beneficiará tanto a los trabajadores como a las empresas».

La Comisión estima que entre 2 y 3 millones de trabajadores con contratos atípicos más pasarán a estar cubiertos y protegidos por la propuesta, en comparación con la legislación vigente.

Al mismo tiempo, la propuesta también establece medidas para evitar la carga administrativa para los empleadores, por ejemplo dándoles la posibilidad de facilitar por medios electrónicos la información solicitada.

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Unas condiciones de trabajo más transparentes y previsibles son también importantes para una mano de obra más motivada y productiva

Mano de obra motivada y productiva

Las nuevas normas también crearán igualdad de condiciones para las empresas, de manera que los empleadores se beneficiarán de una competencia más justa en el mercado interior, con menos lagunas.

Unas condiciones de trabajo más transparentes y previsibles son también importantes para una mano de obra más motivada y productiva.

Más concretamente, la Comisión tiene como objetivo reducir el riesgo de una protección insuficiente de los trabajadores mediante las medidas siguientes:

  • Alinear el concepto de trabajador con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo. Con arreglo a las normas actuales, las definiciones pueden variar y determinadas categorías de trabajadores acaban quedando excluidas. Con la utilización de la definición de trabajador de la jurisprudencia del Tribunal, la Directiva en cuestión garantizaría que las mismas categorías generales de trabajadores estuvieran cubiertas.
  • Incluir dentro del ámbito de aplicación de la Directiva formas de empleo que ahora están en muchos casos excluidas. Se incluye en este caso a los trabajadores domésticos, los trabajadores que tienen empleos marginales a tiempo parcial o los trabajadores con contratos de muy corta duración, y se amplía a nuevas formas de empleo, como los trabajadores según demanda, los trabajadores que realizan trabajos por vales y los trabajadores de las plataformas.
  • Garantizar que los trabajadores reciban directamente un paquete de información actualizada y ampliada al inicio del empleo desde el primer día, en lugar de los dos meses siguientes a la fecha de inicio, como es el caso en la actualidad.
  • Crear nuevos derechos mínimos, como el derecho a una mayor previsibilidad del trabajo para las personas que trabajan fundamentalmente con un calendario variable, la posibilidad de solicitar la transición a una forma más estable de empleo y recibir una respuesta por escrito, o el derecho a una formación obligatoria sin ninguna retención en el salario.
  • Reforzar los medios de aplicación y las vías de recurso como última instancia para resolver posibles discrepancias, en caso de que el diálogo no sea suficiente.

La Directiva contribuye a la aplicación del principio 5 sobre «Empleo seguro y adaptable» y el principio 7 sobre «Información sobre las condiciones de trabajo y la protección en caso de despido»

Empleo seguro y adaptable

La Directiva propuesta deberá ser adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, y aplicada por los Estados miembros, bien mediante legislación o a través de convenios colectivos de los interlocutores sociales.

Con un reconocimiento pleno de la importancia del diálogo social, los interlocutores sociales podrían modular los derechos mínimos propuestos por la Directiva, siempre y cuando se respetara el nivel general de protección.

Esta iniciativa es una de las acciones de la Comisión para poner en práctica el pilar europeo de derechos sociales, que fue proclamado en la Cumbre Social para Empleos Justos y Crecimiento celebrada en Gotemburgo el 17 de noviembre de 2017.

Más específicamente, la Directiva contribuye a la aplicación del principio 5 sobre «Empleo seguro y adaptable» y el principio 7 sobre «Información sobre las condiciones de trabajo y la protección en caso de despido».

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Antecedentes

La propuesta de la Comisión de una Directiva sobre unas «condiciones de trabajo previsibles y transparentes» actualiza y sustituye a la Directiva sobre la obligación de informar por escrito (91/533/CEE) de 1991, que ofrece al trabajador que comience en un nuevo puesto de trabajo el derecho a ser informado por escrito sobre los aspectos esenciales de su relación laboral.

Después de más de 25 años, la directiva mencionada ya no refleja las realidades cambiantes del mercado laboral, en particular las nuevas formas de trabajo que se han desarrollado en los últimos años.

Una mayor flexibilidad del mercado de trabajo y una creciente diversidad de las formas de trabajo han permitido la creación de nuevos puestos de trabajo y que más personas pasen a ser profesionalmente activas, pero también han puesto de manifiesto algunas lagunas en la protección de los trabajadores y, en algunos casos que incluyen a trabajadores vulnerables, han contribuido a nuevas formas de precariedad.

La Comisión estima que entre 2 y 3 millones de trabajadores con contratos atípicos más pasarán a estar cubiertos y protegidos por la propuesta, en comparación con la legislación vigente

Esta iniciativa fue anunciada en abril de 2017 junto con el pilar europeo de derechos sociales. Además, forma parte del programa de trabajo de la Comisión de 2018 y se ha realizado tras una consulta en dos fases de los interlocutores sociales.

Los interlocutores sociales no entablaron negociaciones para proponer su propio acuerdo. Por consiguiente, la Comisión decidió tomar medidas en consonancia con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Condiciones de trabajo dignas

Esta iniciativa responde también a la resolución del Parlamento Europeo de 19 de enero de 2017 sobre un pilar europeo de derechos sociales, en la que se solicita una Directiva marco sobre unas condiciones de trabajo dignas en todas las formas de empleo, y a la resolución de 4 de julio de 2017 sobre las condiciones laborales y el empleo precario, en la que se pide una revisión de la Directiva de 1991 a fin de tener en cuenta las nuevas formas de empleo.

El Consejo Europeo de los días 14 y 15 de diciembre instó al legislador de la UE a progresar con rapidez en los expedientes pendientes en materia social a escala de la UE, e hizo también referencia a las iniciativas anunciadas por la Comisión en su programa de trabajo, que incluye la mencionada Directiva.

La Directiva propuesta se elaboró sobre la base de una consulta pública específica y una evaluación exhaustiva de la legislación existente, cuyos resultados se resumen en la evaluación de impacto.

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario, esta propuesta será examinada a continuación por el Parlamento Europeo y el Consejo.

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