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Claves para afrontar la separación o el divorcio

La separación no pone fin al matrimonio, simplemente implica el cese de la convivencia entre los cónyuges. Esto tiene consecuencias tanto patrimoniales como personales; sin embargo, para que la separación tenga efectos legales requiere su declaración mediante una sentencia judicial. El divorcio supone la disolución del régimen económico matrimonial y la separación supone el efecto de la separación de bienes desde la sentencia judicial.

Claves para afrontar la separación o el divorcio, diferencias – Por Amalia Galán, abogada de Familia, Menores y Penal – Directora de la Asesoría Jurídica para seguidores de jupsin.com.

  • La separación no pone fin al matrimonio, simplemente implica el cese de la convivencia entre los cónyuges.
  • El divorcio supone la disolución del régimen económico matrimonial y la separación supone el efecto de la separación de bienes desde la sentencia judicial.
  • Como abogada especializada en derecho de familia y menores, recomiendo buscar un buen abogado de familia que este en contacto directo con sus clientes, que conozca de primera mano los problemas concretos de la familia para llegar a la mejor solución posible.


«Siempre es mejor una separación o divorcio de mutuo acuerdo que el mantenimiento de una situación conflictiva y negativa para todos los miembros de la familia»

Diferencias entre separación y divorcio

La separación no pone fin al matrimonio, simplemente implica el cese de la convivencia entre los cónyuges. Esto tiene consecuencias tanto patrimoniales como personales, pero para que la separación tenga efectos legales requiere su declaración mediante una escritura firmada en el notario, o una sentencia judicial.

La separación no pone fin al matrimonio, simplemente implica el cese de la convivencia entre los cónyuges

Esto no pasa en la separación de hecho, en la que solo se produce el cese en la convivencia sin producir efectos legales ante terceros.

El divorcio supone la disolución del régimen económico matrimonial y la separación supone el efecto del régimen de separación de bienes desde la sentencia judicial. Después de un divorcio, los cónyuges pueden volver a contraer matrimonio entre sí o con otras personas, mientras que tras la separación esto no ocurre al seguir vigente el vinculo matrimonial.

Ambos, separación legal y divorcio, impiden que el otro cónyuge herede si no hay testamento previo (abintestato), y que tenga derecho a la legitima (porción de bienes de la que el testador no puede disponer ya que la ley la reserva a determinados herederos).

Tanto la separación legal como el divorcio recogen las medidas respecto al cuidado de los hijos, guarda y custodia, régimen de visitas, comunicaciones y estancias entre padres e hijos, uso y disfrute de la vivienda familiar, ejercicio de la patria potestad, gastos de mantenimiento, disolución del régimen económico matrimonial, etc. (Arts. 81 y 85 del Código Civil).

Es del todo recomendable que se busquen espacios a solas o frente a un tercero neutral como mediador familiar para discutirlos.

Problemas en la etapa previa a la separación o divorcio

Es importante evitar discutir en presencia de los hijos; y menos aun sobre los temas de custodia, visitas o dinero de manutención

En los momentos previos a concretar la separación o divorcio es cuando se produce el mayor aumento de tensión y violencia en la familia.

Es importante evitar discutir en presencia de los hijos; y menos aun sobre los temas de custodia, visitas o dinero de manutención.

Es del todo recomendable que se busquen espacios a solas o frente a un tercero neutral como un abogado con ánimo mediador, un mediador profesional o un coordinador parental para discutirlos. Este profesional no decide, sino que ayuda a los padres en la negociación, para que voluntariamente decidan sobre los temas que atañen a la separación o divorcio.

Existen varios tipos de divorcio o de separación

De mutuo acuerdo o de manera amistosa

  • Vía Extrajudicial, lo que se conoce como divorcio exprés: 
    • Siempre que no haya hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente, la Ley de Jurisdicción Voluntaria es la vía más recomendable para tramitar el divorcio de manera judicial.
    • De esta manera, pueden divorciarse los cónyuges pasados tres meses desde la celebración del matrimonio. Para ello, los cónyuges deben acudir al notario a otorgar una escritura publica, de manera personal y asistidos por un abogado.
    • En esta escritura, deberá constar su voluntad de separarse o divorciarse y las medidas que regirán los efectos producidos por la separación o divorcio (atribución del uso de la vivienda familiar, la pensión a la que puede tener derecho uno de los cónyuges por desequilibrio causado por la ruptura y la liquidación del régimen económico matrimonial).


  • Vía judicial:
    • A pesar de que dé vértigo el término judicial, esta vía puede ser rápida, sencilla y económica.
    • Tiene varias ventajas, como el abaratamiento de los costes ya que ambos cónyuges pueden estar representados con el mismo procurador y asistidos por un mismo abogado.
    • En el caso de que existan hijos menores de edad, aunque la separación o divorcio sean de forma amistosa siempre debe de ser declarado en el Juzgado, es decir, por la vía judicial. Basta con la presentación de la demanda y el convenio regulador con las estipulaciones pertinentes y antes mencionadas. Después, el Juzgado del ultimo domicilio familiar citará a ambos cónyuges y en ocasiones a los menores, para que ratifiquen y den personalmente su conformidad con el contenido del convenio regulador.
    • En las separaciones o divorcios de mutuo acuerdo puede realizarse a la vez la liquidación de la sociedad de gananciales, en caso de sea dicho régimen matrimonial el que rige. Si el divorcio o la separación se realizan por la vía contenciosa, para poder liquidar el régimen económico de gananciales se deberá realizar por un procedimiento posterior e independiente al divorcio o separación judiciales.
    • Si los cónyuges no se ratificasen en su deseo de divorciarse o separarse, el Juez archivará el asunto y los cónyuges podrán iniciar el procedimiento de manera contenciosa (NO mutuo acuerdo).


Divorcio contencioso

En el divorcio contencioso, es solo un cónyuge el que presenta la demanda. En dicha demanda, será preciso indicar las medidas que deban adoptarse respecto a la patria potestad, guarda y custodia, uso y disfrute de la vivienda familiar, régimen de visitas, pensión alimenticia y compensatoria, en su caso, etc.

En el divorcio contencioso, es solo un cónyuge el que presenta la demanda

Este procedimiento es más largo y costoso y se seguirá por los tramites del procedimiento verbal, aunque con algunas especialidades.

Una vez presentada la demanda, y contestada por el otro cónyuge refiriéndose a tales estipulaciones de contrario, el Juez citará a las partes a una vista, a la que deben de comparecer con sus abogados y procuradores.

En caso de que existan hijos menores, también será parte el Ministerio Fiscal.

Una vez celebrada la vista, el Juez dictará sentencia por la que se declare el divorcio o separación legal de los cónyuges, así como las medidas que regirán las relaciones tanto de los cónyuges, como de estos con los hijos.

Tras esto, mandará que la misma se inscriba en el Registro Civil, y en ocasiones en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil, si alguno de los cónyuges es empresario.

Cada familia es una comunidad de intereses, valores y expectativas diferentes a los de cualquier otra.

De divorcio contencioso a divorcio amistoso

Existe la posibilidad de cambiar de opinión en el proceso de divorcio o separación. Si los cónyuges consiguen alcanzar un acuerdo durante el procedimiento contencioso, este puede transformarse en un procedimiento de mutuo acuerdo, es decir, una separación o divorcio amistoso.

Recomiendo buscar un buen abogado de familia que este en contacto directo con sus clientes y que conozca de primera mano los problemas concretos de la familia

Para hacer efectivo este cambio, se debe presentar en el Juzgado un convenio regulador, en el que deben de ratificarse los cónyuges.

Como abogada especializada en derecho de familia y menores, recomiendo buscar un buen abogado de familia que este en contacto directo con sus clientes, que conozca de primera mano los problemas concretos de la familia para llegar a la mejor solución posible. Cada familia es una comunidad de intereses, valores y expectativas diferentes a los de cualquier otra, debe tener en cuenta que las familias y las parejas en crisis siempre lo son a su manera particular y especial, con una casuística concreta.



Abogada especializada en Derecho Civil, Penal y de Familia. Licenciada por la Universidad Autónoma de Madrid y colegiada ejerciente. Profesional implicada en el mundo de la familia y su entorno, prestando atención jurídica con implicación profesional en la defensa de menores, víctimas de violencia de género y violencia doméstica.

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