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Hilda I. Arbonés, abogado

«La protección jurídica del acoso laboral debe contemplar la tutela preventiva, sancionadora y reparadora»

 

Nanoentrevista Hilda I. Arbonés

Nanoentrevista

Hilda I. Arbonés, abogado laboralista:

“La protección jurídica del acoso laboral debe contemplar la tutela preventiva, sancionadora y reparadora”

Nano entrevistamos a Hilda I. Arbonés, reconocida y prestigiosa abogado laboralista. Sus palabras se convierten rápidamente en titulares, porque no elude respuestas y va directamente a las claves del asunto. Ha escrito uno de los libros guía más interesantes para comprender los aspectos jurídicos del acoso laboral, ‘Acoso moral en el trabajo y su tutela preventiva’, Editorial Bomarzo. Hilda habla claro: ‘a pesar del número de casos que se judicializan anualmente, no contamos en nuestro ordenamiento jurídico con una regulación expresa en materia laboral sobre el acoso en el trabajo’.

Ante el creciente y grave problema del acoso laboral, usted lo ha calificado de pandemia del s. XXI, ¿qué puede hacer con la ley en la mano un abogado laboralista?

Desgraciadamente, la expresión con la ley en la mano, en asuntos de acoso laboral, no es algo de lo que podamos presumir. A pesar del elevado número de casos que se judicializan anualmente, no contamos en nuestro ordenamiento jurídico con una regulación expresa en materia laboral que abrace un fenómeno de este calibre, lo que dificulta aún más, si cabe, la tarea a los abogados.

A la dificultad probatoria, se añade la falta de redacción legal, así como de cuantificación de los daños causados a consecuencia de los actos de hostigamiento. Por tanto, en la situación actual, debemos no solo atender la vía procesal elegida para obtener el cese del acoso, sino también las infracciones empresariales y el incumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales.

¿Qué hay que cambiar en nuestro sistema judicial para que el acosador no se sienta tan impune y la víctima se sienta más protegida?

Nuestro sistema judicial se basa en estimar o desestimar las peticiones de parte si éstas son probadas y ajustadas a derecho; y por tanto, absolver o condenar. Los juicios de acoso laboral se desarrollan de la misma forma que el resto, es decir, con una demanda y contestación, práctica de prueba y conclusiones de las partes.

Sería muy interesante introducir medidas como la mediación judicial, desde el primer momento en que se plantea una situación de acoso. El objetivo sería claro, llevar a cabo un riguroso seguimiento de la supuesta víctima que abarcase desde el plano psicológico como el legal, al mismo tiempo que implementar unas medidas cautelares y precautorias de las actuaciones del agresor con una consecuencia punible.

Explíquenos que significa el título de su libro ‘Acoso moral en el trabajo y su tutela preventiva’. ¿Por qué no se previene el acoso laboral en las empresas?

El acoso en el trabajo es un riesgo laboral, concretamente un riesgo psicosocial, que en aplicación de los principios generales de la normativa de salud laboral, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, determina una amplia y compleja obligación empresarial de protección de los trabajadores frente a los mismos. Es evidente que, éstos deben ser abordados no sólo una vez afloren en las relaciones laborales, sino con carácter previo, preventivo.

Quiero decir pues, que la protección jurídica que se debe otorgar al acoso laboral, deberá articularse en torno a la tutela sancionadora, reparadora y preventiva de forma complementaria, lo que supone educar a todas las partes de una relación laboral para evitar la conflictividad provocada por situaciones de acoso. El título de mi libro, ‘Acoso Moral en el Trabajo y su Tutela Preventiva’ no es más que una gran invitación a dar un nuevo enfoque, el preventivo, en las relaciones laborales, sin olvidar, por supuesto, la tutela reactiva, que es necesaria mientras subsistan situaciones de acoso.

De buena tinta… Hilda I. Arbonés

Hilda I. Arbonés es Abogado Laboralista y Prof. de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Girona. Autora del libro ‘Acoso moral en el trabajo y su tutela preventiva’ ha hecho de su profesión una forma de vida. Conferenciante reconocida, destaca por su oratoria fácil, expresiva, sencilla y directa. Articulista habitual en publicaciones jurídicas y medios de comunicación

Creadora e impulsora del movimiento jupsin, gente jupsin que dice NO al acoso en cualquiera de sus formas, Hilda es la suma de formación continua, experiencia y profesionalidad. Un valor joven y preparado dentro del sector jurídico. Su vida transcurre entre su despacho, los juzgados, los libros y sus dos grandes pasiones, la música clásica y el piano.

Jupsin es la suma de justicia, psicología e información frente el grave problema del acoso (laboral, escolar, sexual). Jupsin es un espacio digital único que suma y potencia el talento de profesionales de diversos sectores de actividad contra el acoso. Jupsin es una apuesta rotunda por la prevención en colaboración con empresas y centros escolares, instituciones y administraciones públicas. Jupsin es el movimiento social de la Gente Jupsin; gente que afronta las dificultades con una filosofía Happy Life.

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